Trámites y subvenciones

Cómo legalizar una instalación fotovoltaica de autoconsumo y ¿qué trámites debes realizar?

Un paso imprescindible para poder poner en marcha una instalación de energía fotovoltaica es su legalización.

A Voltaic nos encargamos de gestionar todos los trámites para poner en marcha tu instalación de autoconsumo para que no tengas que preocuparte de nada. 

 

Trámites con las compañías distribuidoras y comercializadoras

La instalación de placas solares afecta de modo directo a la compañía comercializadora y distribuidora de electricidad. Por este motivo, deben notificarse los cambios realizados. 

  1. Notificar los posibles cambios en el suministro: cambio de potencia, por ejemplo.
  2. Alta o activación del autoconsumo. Una vez tengas legalizada tu instalación por parte de la Generalitat, es el momento de realizar un cambio contractual con la compañía suministradora para que puedas aprovechar al máximo los excedentes que generas.
  3. Solicitud del CAU (código de autoconsumo) a la distribuidora. Este trámite varía según la distribuidora y sirve para asignar a tu instalación la categoría de generadora de autoconsumo.

Con la Generalitat

Con la Generalitat se deben realizar tres pasos muy importantes:

  1. Gestión de la subvención que ofrece el ICAEN para la instalación de equipos de autoconsumo (siempre y cuando esté vigente).
  2. Notificación de la ampliación o modificación de la instalación, en caso necesario (RITSIC)
  3. Legalización de la instalación (RITSIC y RAC).

Con el ayuntamiento

Es la administración local quien otorga la licencia o permiso necesario de obras. En algunos casos, esta instalación puede acarrear la bonificación de tasas e impuestos, según la normativa municipal vigente.

El pago de la liquidación de esta instalación también debe realizarse con la administración local. Por último, en caso de optar por el autoconsumo y comporte alguna bonificación del IBI, también deberá solicitarse al ayuntamiento.